martes, 15 de marzo de 2011

Operativo de la AFIP para la campaña de soja

De acuerdo a lo publicado en la edición del 14/3/2011 del Diario Digital Cruz del Sur, la AFIP está poniendo en marcha un importante operativo de inspección y verificación sobre la cosecha y la comercialización de cereales y oleaginosas en la pampa húmeda (http://www.diariocruzdelsur.com.ar/noticia/noticia/id/2138).

Está prevista la intervención de más de 200 inspectores, que además de realizar verificaciones en los establecimientos (en las que se incluirá el relevamiento del personal contratado y sus condiciones de trabajo), controlarán el cumplimiento de la normativa de transporte de los productos agropecuarios (cartas de porte, CTG) a través de los puestos en ruta.
Como decíamos en uno de nuestros anteriores posts (http://marianoperetti.blogspot.com/2011/01/que-busca-la-afip-en-las-inspecciones.html), mediante estos procedimientos el Fisco procura la obtención de datos que luego “cruza” y compara con la información existente en sus propias bases o que obtiene de parte de terceros: datos surgidos de las imágenes satelitales, estadísticas sobre rendimientos promedios, registros de las oficinas provinciales de catastro o las mismas declaraciones juradas anteriores del contribuyente o de terceros vinculados. La finalidad es detectar las inconsistencias que puedan existir en las declaraciones juradas y que luego puedan derivar en una determinación de oficio de diferencias a favor del Fisco por impuestos no pagados.

Dice la publicación periodística que el operativo comenzó "con la circularización a más de 3.000 productores, seleccionados cuidadosamente en tareas previas de investigación, quienes deberán brindar datos relacionados con las fechas de realización de la cosecha y prestadores que efectuarán el servicio, con el objetivo de que los inspectores de la Afip puedan presenciarla".

Como se hizo en campañas anteriores, por lo tanto, los productores reciben "notas" de la AFIP en la que se le requiere la información indicada. Técnicamente, se trata de "requerimientos", que, como tales, deben ser siempre razonables, claros, precisos y concretos, y materialmente posibles de cumplir.

Deberá ser tenido en cuenta, por lo tanto, que muchas veces resulta imposible para el productor determinar con exactitud la fecha exacta, el lugar (en caso de que tenga varios lotes) o el personal con que se va a cosechar. Esto suele depender de muchas variables ajenas a él, tales como el clima o la disponibilidad de terceros (cuando la cosecha es realizada por contratistas, por ejemplo). Entendemos que en estos casos nos encontramos frente a un requerimiento que puede resultar “materialmente imposible de cumplir”. Y si bien el contribuyente no podrá (ni le conviene) eludir el deber de responder, no le puede ser exigido lo imposible, por lo que el contenido de la respuesta deberá ser evaluado (por la AFIP o la justicia, en su caso) teniendo en cuenta estas circunstancias.

Para terminar, destacamos nuevamente la importancia de que el productor pueda contar en forma oportuna con el asesoramiento de un profesional abogado que conozca y haga valer los límites legales y constitucionales que en cada caso tienen las facultades de la AFIP o cualquier organismo del Estado para la obtención de información (o eventualmente, para la utilización de la fuerza pública) contra los particulares.