miércoles, 23 de noviembre de 2011

Charla sobre los regímenes de información y registro de los productores agropecuarios

Este miércoles 30/11 a las 19 hs. en el Auditorio del Colegio de Abogados de Rosario (Bv. Oroño 1542), junto con la Dra. Candela Powell estaremos disertando sobre el tema: "Las obligaciones del productor agropecuario frente a los registros de la AFIP y otros organismos. Análisis de su constitucionalidad".

Específicamente vamos a repasar las características de los distintos regímenes que actualmente imponen obligaciones de registro e información a los productores agropecuarios, y a señalar las diferentes críticas que pueden realizarse desde el punto de vista jurídico (algunas de las cuales ya han sido comentadas en este blog), en especial con relación al Registro Fiscal de Operadores de Granos establecido por la Resolución 2300 de AFIP.

La charla forma parte del Ciclo de Derecho Agrario en Memoria del Dr. Jorge A. Cittá. La entrada es libre y gratuita, y están todos invitados.

miércoles, 2 de noviembre de 2011

Moratoria para el "blanqueo" de trabajadores rurales en el RENATRE


Mediante su Resolución N° 688/2011, publicada el 1/11/2011, el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) dispuso un procedimiento para la inscripción de empleados rurales, con efectos retroactivos al inicio de la relación laboral y con reducción al mínimo de las multas correspondientes.

El beneficio alcanza a “aquellos empleadores que se encuentren con un procedimiento de fiscalización en curso, con imputación de infracción muy grave y cuyo procedimiento sumarial no se encuentre agotado por pago o resolución firme”. Se trata de aquellos casos en los que al empleador se le ha iniciado un sumario por no haber tramitado la Libreta de Trabajo de sus dependientes (tipificado como "infracción muy grave" por la Ley 25.191).

De esta manera, los empleadores que, encontrándose en dicha situación, opten por inscribir a sus trabajadores, declarando la fecha de inicio del vínculo, y paguen en forma retroactiva la contribución prevista en el art. 14 de la Ley 25.191 (es decir, el 1,5 % de las remuneraciones abonadas en cada período), se verán beneficiados por una reducción de la multa al mínimo legal (que actualmente es de $ 1.000, de acuerdo a lo previsto en el art. 15 Ley 25.191).

Pero además, los empleadores también podrán recibir una quita del 40% en el importe de la multa, en caso de que realice el pago dentro de los 15 días de recibida la notificación respectiva en el marco del sumario.